El Decreto 328 de julio de 2010 recoge en su artículo 26 que las Escuelas Infantiles de segundo ciclo, los Colegios de Educación Primaria, los Colegios de Educación Infantil y Primaria y los centros públicos específicos de Educación Especial realizarán una autoevaluación de su propio funcionamiento, de los programas que desarrollan, de los procesos de enseñanza y aprendizaje y de los resultados de su alumnado, así como de las medidas y actuaciones dirigidas a la prevención de las dificultades en el aprendizaje que será revisada por la Inspección Educativa.
Esta autoevaluación se hará independientemente de otras evaluaciones que se lleven a cabo por la Agencia Andaluza de Evaluación Educativa y tendrá como referentes los objetivos recogidos en el Plan de Centro.
La Agencia Andaluza de Evaluación Educativa establecerá unos indicadores que facilitará al Centro realizar una autoevaluación objetiva.
Complementando estos indicadores, nuestro centro establecerá otros ítems a tener en cuenta en la autoevaluación y que serán considerados por el ETCP tanto para realizar la autoevaluación, como para su revisión y establecimiento de nuevos ítems cuando así se considere necesario.
14.1. Criterios de establecimiento de los indicadores.
Entendiendo por indicador aquel elemento que por su relevancia y significatividad nos permite recoger información y analizar cada una de las
dimensiones de la evaluación, a través del cual conocemos qué, cómo y dónde tenemos que observar y las cualidades que se deben tener para acercarnos a la excelencia en la consecución de los principios pedagógicos propuestos en nuestro Proyecto Educativo, se establecerán los siguientes criterios para su elaboración:
-
Deben reflejar el cumplimiento de los objetivos institucionales (normativa legal, proyecto educativo, programaciones).
-
Evitar estar condicionados por factores externos al propio funcionamiento del centro (crisis económica, presiones políticas, mediáticas, administrativas…)
-
Involucrar en su elaboración y en su evaluación a todos los sectores relevantes, de manera que fuerce al compromiso de mejora y garantice la legitimidad de la autoevaluación en sí (alumnado, familias, profesorado, Dirección, administración, PAS, instituciones, empresas, asociaciones, AMPA)
-
Estar adecuados al contexto, a los recursos y al personal al que van dirigidos.
-
Ser congruentes con la realidad y, al mismo tiempo, con el modelo ideal que se persigue.
-
Ser funcionales y relevantes para que los resultados que arrojen vislumbren necesidades concretas y generen soluciones prácticas.
-
Representativos de la realidad con la que se trabaja y fáciles de observar.
-
Variados para recoger información suficiente de lo que se evalúa.
-
Claros y precisos para ser analizados por diferentes personas sin llegar a producir equívocos.
-
Su formulación debe ser directa, descriptiva, breve, concisa, garantizando que la información esté referida a una sola situación.