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En el ejercicio de nuestra autonomía pedagógica, organizativa y de gestión, con el objeto de promover estrategias eficaces y eficientes para la mejora del éxito escolar del alumnado y en la búsqueda de la formación integral como personas, establece los siguientes criterios:

 

FORMACIÓN DE GRUPOS

Para la formación de los distintos grupos se intentará, en la medida de lo posible que exista paridad entre el alumnado. Igualmente tendremos en cuenta la distribución equitativa del alumnado que permanezca en el ciclo, así como de aquellos o aquellas con algún tipo de Necesidad Especial de Apoyo Educativo.

 

ASIGNACIÓN DE ENSEÑANZAS

Para la asignación de enseñanzas se atenderá, en primer lugar, al puesto de trabajo que ocupa cada maestro/a en el Centro de acuerdo con los destinos adjudicados por la Consejería de Educación de la Junta de Andalucía.

No obstante, en función de las necesidades organizativas del Centro, se podrán tener en cuenta las habilitaciones que tenga cada maestro/a contando, en la medida de lo posible, con la voluntad positiva de cada uno/a.

 

ASIGNACIÓN DE GRUPOS

  • Concentración y estabilidad: se procurará que en un grupo incidan el menor número de maestros/as posibles. En las clases de Primero a Cuarto no podrán entrar más de cuatro maestros/as, además del/de la profesor/a de Francés y Religión. Sin perjuicio de este criterio, se designará prioritariamente Tutor/a del Primer Ciclo al profesorado con experiencia en el mismo.

  • Continuidad en el Ciclo: aquellos/as maestros/as que durante un curso escolar hayan tenido asignado el primer curso de cualquier Ciclo de Educación Primaria o del  Segundo Ciclo de Educación Infantil permanecerán en el mismo Ciclo hasta su finalización con el grupo de alumnos/as que lo inició, sin perjuicio del criterio anterior.

  • Profesorado definitivo: asumirá preferentemente una Tutoría del curso inicial de cualquier Ciclo de Educación Primaria o del Segundo Ciclo de Educación Infantil a fin de garantizar, en la medida de lo posible, la permanencia del Tutor/a a lo largo  del Ciclo. Siempre y cuando las condiciones organizativas lo permitan en proporción a las unidades creadas por planificación y a las condiciones o singularidades presentes en un colegio público rural.

  • Profesorado especialista: se intentará, en el caso de que deban asumir una Tutoría, asignarle una en el Tercer o Segundo Ciclo de Educación Primaria. En todo caso, se procurará que este profesorado (Equipo directivo y especialistas de ESO) al asumir una Tutoría salga el menor tiempo posible de ella, cuanto menor sea el alumnado.

  • Idoneidad: la asignación de los diferentes cursos, grupos de alumnos/as y Áreas, la realizará la Dirección del Centro, a propuesta de la Jefatura de Estudios, habiendo recogido las opiniones del profesorado interesado y atendiendo a estos criterios pedagógicos y organizativos. La antigüedad en el Centro de los/as maestros/as no será motivo de asignación de un determinado grupo. Para impartir docencia en el Tercer Ciclo de Educación Primaria será tenida en cuenta la formación de

 

profesorado en la utilización de los recursos informáticos y de la Red (Escuela TIC 2.0).

  • Eficacia organizativa: se procurará que los miembros del Equipo Directivo no sean Tutores. Se intentarán que impartan clase en Segundo o Tercer Ciclo de Educación Primaria. En caso de permanecer en el Primer Ciclo de Educación Primaria o pertenecer a educación Infantil, las horas de dedicación a las funciones directivas será cubiertas por un solo docente, en horario regular de sesiones completas.

  • Otras enseñanzas: la adjudicación de un determinado puesto de trabajo no exime al profesorado de impartir otras enseñanzas o actividades que pudieran corresponderle, de acuerdo con la organización pedagógica del Centro y con la normativa que resulte de aplicación.

Estos criterios serán tenidos en cuenta y estarán presentes en la propuesta que la Jefatura de Estudios realice en la primera semana del mes de septiembre, de cada curso académico. Corresponde a la Dirección del Centro realizar la designación de Tutores/as y asignación de los distintos grupos de alumnos/as al profesorado del mismo, al igual que proponer el nombramiento de los coordinadores para dos cursos escolares.

 

  • COORDINACIÓN Y RESPONSABILIDAD EN CICLOS EDUCATIVOS, PLANES Y PROGRAMAS

Para la asignación de la Coordinación o responsabilidad en un Plan, Proyecto o Programa Educativo, tanto de los considerados “estratégicos” por parte de la CEJA, como los que puedan existir específicamente en el Centro, así como los de convocatorias anuales específicas (Extensión del Tiempo Escolar, Acompañamiento, etc.) regirán los principios básicos de igualdad, mérito y capacidad.

Al comenzar el curso escolar, el profesorado de nueva incorporación, entregará a la Jefatura de Estudios la hoja registro del profesorado, con los datos profesionales, académicos y experiencia docente. En este documento se reflejarán las actividades de formación, la experiencia en cargos, coordinaciones y responsabilidades que cada docente quiera destacar, así como sus intereses y expectativas.

  • La Dirección, oído el Claustro de Profesorado, formulará el nombramiento de los/as Coordinadores/as de Ciclo, de entre el profesorado funcionario con destino definitivo en el Centro.

  • Para las Coordinaciones de Ciclos, Programas y Proyectos se tendrán en cuenta la formación y titulación acreditada para los mismos, así como la experiencia anterior. Igualmente, el Equipo Directivo tendrá en cuenta el compromiso y la implicación que cada maestro/a está dispuesto/a a asumir en la responsabilidad del Ciclo, Programa o Proyecto.

 

  • CONFECCIÓN DE HORARIOS

Para la confección de horarios del Centro, la Jefatura de Estudios atenderá de forma ponderada los criterios pedagógicos que han quedado expuestos en los apartados que regula la normativa vigente INSTRUCCIÓN 12/2019, de 27 de junio, de la Dirección General de Ordenación y Evaluación Educativa, por la que se establecen aspectos de organización y funcionamiento para los centros que imparten Educación Primaria para el curso 2019/2020., buscando siempre la opción que sea más positiva en el éxito escolar y la atención del alumnado y atendiendo a las características que presenta un colegio público rural, a nivel organizativo y pedagógico.

En todo caso, la finalidad última debe ser la Organización y Funcionamiento idóneo del Centro y no los intereses particulares de miembros de la Comunidad Educativa.

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