
De acuerdo con el art. 20 del Decreto 328/2010, de 13 de julio, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de las escuelas infantiles de segundo ciclo, de los colegios de educación primaria, y de los centros públicos específicos de educación especial (BOJA 16-07-2010), el documento que integra el Proyecto Educativo, el Reglamento de Organización y Funcionamiento y el Proyecto de Gestión.
Este Plan de Centro ha sido elaborado por el Equipo Directivo y aprobado por el Director del centro a oídas del consejo escolar, sin perjuicio de las competencias del claustro de profesores y consejo escolar. En su elaboración el Equipo Directivo ha requerido la colaboración e implicación del Equipo Técnico de Coordinación Pedagógica y de los Equipos de Coordinación Docente.
El Claustro de Profesorado ha fijado criterios referentes a la Orientación, Tutoría, Evaluación o Recuperación del alumnado, así como de las normas de Organización y Funcionamiento y aprobará y evaluará los aspectos educativos de dicho Plan de Centro.
Este Plan de Centro tendrá carácter plurianual, obligará a todo el personal del Centro y vinculará a la Comunidad Educativa de nuestro colegio. Se podrá actualizar o modificar, en su caso, tras los procesos de Autoevaluación a que se refiere el artículo 26 o a propuesta del Director o Directora en función de su proyecto de dirección.
Este Plan de Centro es público y se facilitará su conocimiento a la Comunidad Educativa y a la ciudadanía en general, utilizando, en su caso, los medios y mecanismos de internet que poseemos.